sábado, 12 de septiembre de 2009

Regulan uso turístico en áreas naturales del país

El Poder Ejecutivo publicó el 08.09.09 en el diario oficial el Decreto Supremo N° 018-2009-Minam, que aprueba el reglamento de uso turístico en áreas naturales protegidas.

Entre las medidas aprobadas se determina que la prestación de servicios turísticos entregada por el Estado a terceros generará la obligación de una retribución económica a efectos de garantizar la conservación y preservación del paisaje natural. Ese monto se fijará en base a criterios ambientales, económicos y sociales.

Según la norma suscrita por los titulares del Ambiente, Antonio Brack, y de Comercio Exterior y Turismo, Martín Pérez, las modalidades de otorgamiento de derechos de uso de las áreas naturales serán cinco: concesión, contrato de servicio turístico, permiso, autorización y acuerdo.

La adecuación al referido reglamento tendrá un plazo máximo de un año, que se computará luego de aprobado el plan de uso turístico de cada área natural protegida.

EN PUNTOS

La modalidad de concesión se utilizará para los proyectos que requieran desarrollo de infraestructura turística. Se entregarán luego de un concurso o a solicitud de parte.
Los contratos de servicio turístico permiten el aprovechamiento económico del paisaje sin que se requiera de la construcción de infraestructura.

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