viernes, 9 de julio de 2010

El MEM establece regalía mínima para exportación de gas

En ningún caso el valor de ese aporte podrá ser menor al que se da para el mercado interno, precisó el MEM.
El Ministerio de Energía y Minas (MEM) estableció un valor mínimo para la regalía del gas natural en caso de exportación en los contratos futuros, la cual -en ningún caso- podrá ser inferior al valor promedio de la regalía del hidrocarburo destinado al mercado interno.
También dispuso que, sin perjuicio de lo dispuesto en la Constitución, Perupetro inicie todas las acciones de renegociación necesarias o convenientes para acordar con los contratistas las modificaciones de sus contratos de licencia.
Ello a fin de que cuando el destino final del gas natural sea la exportación , el valor de la regalía, expresada en dólares por millón de Unidad Térmica Británica (BTU), no sea en ningún caso inferior al valor promedio de la regalía del gas natural destinado al mercado interno.
El MEM recordó que la Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural declaró de interés nacional y necesidad pública el fomento y desarrollo de la industria del gas natural, que comprende la explotación de los yacimientos de gas y condensados, la distribución de gas natural por red de ductos y los usos industriales en el país.
Explicó que a efectos de establecer condiciones de competitividad para los mercados de exportación y del mercado interno, resulta necesario establecer disposiciones que permitan fijar criterios de equidad para la determinación de las regalías.
ANDINA – 07/07/10
etiquetas:
exportacion de gas, gas de camisea, mem, regalias


http://gestion.pe/noticia/506963/mem-fija-regalia-minima-exportacion-gas

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