PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CONSTITUCIONAL DE LIMA
EXPEDIENTE : 24733-2011-0-1801-JR-CI-01
MATERIA : HABEAS DATA
ESPECIALISTA : JIMENEZ CHACA, YASMINE FELICITA
DEMANDADO : MINISTERIO DEL AMBIENTE ,
: PROCURADOR PUBLICO DEL MEDIO AMBIENTE ,
DEMANDANTE : EL INSTITUTO DE DEFENSA LEGAL DEL AMBIENTE Y EL DESARROLLO DEL SOSTENIBLE PERUIDLADS ,
RESOLUCION No. UNO.
Lima, veinte de
Diciembre de dos mil once.
AUTOS Y VISTOS, y ATENDIENDO; al principal: con la copia de documento de identidad, solicitud y demás documentos anexados; advirtiéndose que la demanda en calificación no se encuentra incursa en los supuestos de improcedencia previstos en el artículo 5 del Código Procesal Constitucional y se ha cumplido con la exigencia contemplada en el numeral 62 del citado Código adjetivo; por ende reúne los presupuestos procesales y las condiciones de la acción, por lo que, estando a lo dispuesto en los artículos 53 y 61 inciso 2º del mismo cuerpo legal; SE ADMITE a trámite EL PROCESO DE HABEAS DATA y se corre traslado de la demanda por CINCO DÍAS a la emplazada MINISTERIO DEL AMBIENTE y estando a lo dispuesto por el artículo 7° del Código Procesal Constitucional, entiéndase la demanda con EL PROCURADOR PÚBLICO A CARGO DE LOS ASUNTOS DE DICHA CARTERA MINISTERIAL; teniéndose presente los documentos recaudados; al otrosí: por delegada la representación procesal a favor de los letrados indicados.-
EXPEDIENTE : 24733-2011-0-1801-JR-CI-01
MATERIA : HABEAS DATA
ESPECIALISTA : JIMENEZ CHACA, YASMINE FELICITA
DEMANDADO : MINISTERIO DEL AMBIENTE ,
: PROCURADOR PUBLICO DEL MEDIO AMBIENTE ,
DEMANDANTE : EL INSTITUTO DE DEFENSA LEGAL DEL AMBIENTE Y EL DESARROLLO DEL SOSTENIBLE PERUIDLADS ,
RESOLUCION No. UNO.
Lima, veinte de
Diciembre de dos mil once.
AUTOS Y VISTOS, y ATENDIENDO; al principal: con la copia de documento de identidad, solicitud y demás documentos anexados; advirtiéndose que la demanda en calificación no se encuentra incursa en los supuestos de improcedencia previstos en el artículo 5 del Código Procesal Constitucional y se ha cumplido con la exigencia contemplada en el numeral 62 del citado Código adjetivo; por ende reúne los presupuestos procesales y las condiciones de la acción, por lo que, estando a lo dispuesto en los artículos 53 y 61 inciso 2º del mismo cuerpo legal; SE ADMITE a trámite EL PROCESO DE HABEAS DATA y se corre traslado de la demanda por CINCO DÍAS a la emplazada MINISTERIO DEL AMBIENTE y estando a lo dispuesto por el artículo 7° del Código Procesal Constitucional, entiéndase la demanda con EL PROCURADOR PÚBLICO A CARGO DE LOS ASUNTOS DE DICHA CARTERA MINISTERIAL; teniéndose presente los documentos recaudados; al otrosí: por delegada la representación procesal a favor de los letrados indicados.-
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